¿Todos los creadores son artistas? Para mí es un sí… o un no
En estos momentos en que se está tramitando la regulación del denominado ‘Estatuto del Artista, el Autor/Creador y el Trabajador de la Cultura’, conocido sincopadamente como ‘Estatuto del Artista’, me gustaría poner el foco en su denominación, al menos en su versión abreviada: ¿No habría sido mejor que lo conociéramos popularmente como ‘Estatuto del Creador’? Con este artículo cerramos la serie ‘Objetivo Subjetivo’, que comenzamos el año pasado.
Nuestro querido y admirado Pepe Cruz Novillo lo tiene muy claro al explicar, con una maravillosa metáfora, lo que diferencia a un diseñador y a un artista; dice así: “El diseñador es un arquero que lanza la flecha con el propósito de acertar en el centro de la diana; el artista lanza la flecha y, en el lugar donde se ha clavado, pinta la diana. El diseñador clava la flecha en la diana. El artista, la diana en la flecha”.
Así, con la claridad y perfección que caracterizan su trabajo, lo haga en el campo que lo haga, explica Pepe la diferencia entre dos actividades creativas, el diseño y el arte, que desde hace un tiempo, y, en mi opinión, hasta el hartazgo, vienen confundiéndose, o peor aún, asimilándose. Se me va a permitir aquí –como diseñador que tiene muy claro que no es un artista– una reflexión cuya respuesta dejo en el aire y que seguramente podría dar pie a otro artículo: ¿Por qué no encontramos esa misma obsesión por equiparar arquitectura y arte?
Ahora, después de este, espero, clarificador preámbulo, quisiera centrarme en el meollo del artículo, que –intuyo– llega tarde, aunque pensar esto supondría creer, pretendida y pretenciosamente, que si hubiese llegado pronto hubiese servido para algo.
Me explico. En estos momentos se está tramitando la regulación del denominado Estatuto del Artista, el Autor/Creador y el Trabajador de la Cultura, conocido sincopadamente como Estatuto del Artista. No pretendo, ni me veo capacitado para ello, dedicar este artículo a analizar el contenido, alcance y consecuencias de dicho estatuto; simplemente quisiera poner el foco en su denominación, al menos en su versión abreviada, porque –y aquí entramos en el resbaladizo terreno de lo opinable–, además del ejemplo que abre este texto en el que se aborda la disyuntiva entre diseñador y artista, ¿alguien calificaría, sin dudarlo, de artista a un articulista periodístico?, ¿y a un ensayista?, ¿y a un reportero gráfico de prensa?
Por supuesto, cada cual es muy libre de calificar de arte o de artístico su propio trabajo o el de los demás –tengo recopilado en el listado de artes, desde hacer una tortilla francesa, o la siesta, hasta pilotar un helicóptero, pasando por matar un elefante [sic]–. En definitiva, y esto es una apreciación muy particular, el arte no se identifica en el qué sino en el cómo se acometa una actividad; personalmente, como espectador, como visitante de una exposición, no me interesa saber si la pintura es un arte, sino si la obra que contemplo en cada instante está imbuida por ese toque trascendente, por esa manera de abordar la creación que sobrepasa la mera técnica.
Lo que he pretendido con este artículo –haya llegado tarde o pronto– es hacer ver que tal vez hubiese sido mucho más conveniente, por claridad expositiva, que desde el minuto cero de la gestación de la ley que regulará el estatuto que nos atañe, este se hubiese conocido a nivel comunicacional y periodístico como Estatuto del Creador o, tal vez, Estatuto de la Creación.
En todo caso, me parece paradójico, y triste, muy triste, que el mismo Gobierno que tramita y pondrá en circulación este estatuto, lo denominemos como denominemos, sea el que elimine de la educación obligatoria la asignatura de Filosofía –ya saben, el amor por el pensamiento, la sabiduría y el conocimiento–; bueno, tal vez se trate de otro ejemplo de actividad artística, el del oxímoron ideológico como una de las Bellas Artes.
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